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Conoce los beneficios y cómo postular al “Subsidio al empleo”

Este beneficio fomenta la contratación de personas que están con contrato suspendido y, además, contempla la contratación de nuevas personas en las empresas.

Hoy se publicó en el Diario Oficial el Decreto 31 y la Resolución 625, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, los cuales implementan el denominado “Subsidio al Empleo” , un beneficio que incentiva el regreso de trabajadoras y trabajadores con contrato suspendido, y/o la contratación de nuevas personas en las empresas, financiando parte de sus remuneraciones.

El Subsidio al empleo presenta dos líneas:

Línea REGRESA: Para trabajadoras y trabajadores que hayan estado con su contrato suspendido y que regresaron a trabajar.

REQUISITOS:
  • Empresas con 20% o más de disminución de sus ventas o ingresos brutos acumulados desde abril a julio de 2020, en comparación al mismo periodo de 2019, según información del SII. No aplica para empresas que no cuenten con la información del 2019.
  • Contratos con una remuneración mensual bruta igual o menor a 3 ingresos mínimos mensuales ($961.500), al momento de postular.
  • Las empresas podrán postular a trabajadoras y trabajadores que hayan regresado de una suspensión laboral por acto de autoridad, que debió haber estado vigente, por al menos 1 día, entre el 28 de agosto y el 28 de septiembre de 2020. También podrán postular a trabajadoras y trabajadores que hayan regresado de una suspensión por mutuo acuerdo y que esta se encuentre vigente al 28 de septiembre de 2020.

Línea Contrata: Para nuevas contrataciones durante los primeros 30 días de vigencia del contrato.

REQUISITOS:
  • Contratos con una remuneración mensual bruta menor o igual a 3 Ingresos Mínimos Mensuales ($961.500).
  • Empresas de la primera categoría (incluidas todas la del régimen Pyme, renta presunta, individuales y otras) o de pequeños contribuyentes conforme al artículo 22 de la de la Ley sobre Impuesto a la Renta (pequeños comerciantes, artesanos y suplementeros, entre otros).
  • Quedan excluidos los organismos del Estado.
  • Se puede postular entre el 29 de septiembre de 2020 y el 31 de marzo de 2021.

Más información sobre este subsidio y cómo postular en www.subsidioalempleo.cl