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Febrero - Marzo 2023

Agenda Legislativa.

Índice de contenidos

I. ULTIMAS LEYES PUBLICADAS

1. Ley N° 21.542. Modifica la Carta Fundamental con el objeto de permitir la protección de infraestructura crítica por parte de las Fuerzas Armadas, en caso de peligro grave o inminente.

2. Ley N° 21.530. Establece un derecho a descanso reparatorio para trabajadores de la salud del sector privado, como reconocimiento a su labor durante la pandemia de COVID-19.

3. Ley N° 21.531. Crea Ley de Fibromialgia y Dolores Crónicos No Oncológicos.

4. Ley N° 21.540. Repone el tratamiento tributario para los contratos de arrendamiento con opción de compra de bienes que impliquen una operación de financiamiento o leasing financieros, previo a la ley N° 21.420, que reduce o elimina exenciones tributarias.

5. Ley N° 21.543. Crea un Fondo de Garantías Especiales.

6. Ley N° 21.539. Modifica la Ley N° 18.290, de Tránsito, para suprimir la excepción a la exigencia de patente única para la circulación de vehículos nuevos adquiridos en Chile.

7. Ley N° 21.545. Establece la promoción de la inclusión, la atención integral y la protección de los derechos de las personas con trastorno del espectro autista en el ámbito social, de salud y educación.

8. Ley N° 21.541. Modifica la normativa que indica para autorizar a los prestadores de salud a efectuar atenciones mediante telemedicina.

9. Ley N° 21.550. Impulsa medidas para la seguridad económica, incluyendo un aporte extraordinario para duplicar el aporte familiar permanente en 2023; un incremento permanente en la asignación familiar y maternal y en el subsidio único familiar, y su automatización para las personas que indica, y la creación del bolsillo familiar electrónico.

II. PROYECTOS DE LEY DESPACHADADOS POR EL CONGRESO

1. Proyecto de ley que Modifica la ley N° 19.993, con el objeto de permitir que el tratamiento de los productos de la pequeña y mediana minería de Enami pueda realizarse por Codelco en instalaciones distintas de la Fundición Ventanas BOLETÍN: 15265-08 (07-03-2023)

2. Proyecto de ley que Aprueba el Convenio 190, sobre la Violencia y el Acoso, adoptado por la Organización Internacional del Trabajo el 21 de junio de 2019. BOLETÍN: 15307-10 (13-03-2023)

3. Proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de mejorar la persecución del narcotráfico y crimen organizado, regular el destino de los bienes incautados en esos delitos y fortalecer las instituciones de rehabilitación y reinserción social. BOLETÍN: 13588-07, 11915-07, 12668-07 y 12776-07 refundidos (15-03-2023)

4. Proyecto de ley que Establece un sitio electrónico unificado de tarifas y peajes correspondientes al uso de distintas autopistas y consagra un beneficio para los usuarios que indica. BOLETÍN: 12697-15 (20-03-2023)

5. Proyecto de ley que Impulsa medidas para la seguridad económica, incluyendo un aporte extraordinario para duplicar el Aporte Familiar Permanente en 2023; un incremento permanente en la Asignación Familiar y Maternal y en el Subsidio Único Familiar, y su automatización para las personas que indica, y la creación del Bolsillo Familiar Electrónico. BOLETÍN: 15665-05 (21-03-2023)

6. Proyecto de ley que actualiza los delitos que sancionan la delincuencia organizada, aplica comiso de ganancias y establece técnicas especiales para su investigación. BOLETÍN: 13982-25 (22-03-2023)

III. PROYECTOS DE LEY INGRESADOS A TRAMITACIÓN

1. Proyecto de ley que introduce modificaciones a la ley Nº 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura, y al decreto ley N° 825, de 1974, del Ministerio de Hacienda, ley sobre impuesto a las ventas y servicios, para mejorar el pago a treinta días. BOLETÍN 15716-03.

2. Proyecto de ley que “Modifica la ley N° 19.496, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores, para regular el otorgamiento de productos y servicios financieros a estudiantes de educación superior”. BOLETÍN 15722-03.

3. Proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo, con el objeto de establecer políticas de equidad de género e igualdad de derechos en las empresas. BOLETÍN 15725-13.

4. Proyecto de ley que “Obliga a las Empresas de Aplicación de Transportes a crear un registro nacional de repartidores y establece multas que indica”. BOLETÍN 15753-25.

5. Proyecto de ley que modifica la ley N° 21.368, en materia de entrega de productos de un solo uso. BOLETÍN 15760-12.

6. Proyecto de ley que “Modifica diversos cuerpos legales para prohibir el uso de la plataforma digital que indica, en dispositivos móviles destinados al ejercicio de funciones públicas”. BOLETÍN 15761-06.

7. Proyecto de ley que modifica la ley N° 19.496, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores, para consagrar el derecho a la elección del medio de pago. BOLETÍN 15762-03

8. Proyecto de ley que modifica la ley N° 19.886, Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de servicios, con el objeto de prohibir la contratación con empresas sancionadas por infringir normas ambientales. BOLETÍN 15763-12

IV. PROYECTOS EN TRAMITACIÓN

1. Proyecto de ley para prevenir y sancionar el lavado verde de imagen o greenwashing. Boletín N° 15044-13.

2. Proyecto de ley que regula la protección y el tratamiento de los datos personales y crea la Agencia de Protección de Datos Personales. Boletín N°s 11144-7 y 11092-07, refundidos.

3. Proyecto de ley que crea un nuevo sistema mixto de pensiones y un seguro social en el pilar contributivo, mejora la pensión garantizada universal y establece beneficios y modificaciones regulatorias que indica. Boletín N° 15480-13.

4. Proyecto de ley que modifica el código del trabajo en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral. Boletín N° 15093-13.

5. Proyecto de ley que crea un registro de deuda consolidada. Boletín N° 14743-03.

6. Proyecto de ley para aumentar la participación de mujeres en los directorios de las sociedades anónimas abiertas y sociedades anónimas especiales. Boletín N° 15516-34. Fecha de ingreso: 28 de noviembre de 2022. Cámara de Origen: C. de Diputados. Iniciativa: Mensaje.

7. Proyecto de ley que introduce modificaciones al Código del Trabajo y otros cuerpos legales en materia de inclusión laboral de personas con discapacidad y asignatarias de pensión de invalidez. Boletín Nºs 14445-13, 14449-13 y 13011-11, refundidos.

8. Proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo con el objeto de reducir la jornada laboral. Boletín N° 11179-13.

9. Proyecto de ley, que moderniza la ley N° 19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del Estado. Boletín Nº 14.137-05.

10. Proyecto de ley, iniciado en Moción de los Honorables Senadores señora Órdenes y señores Castro González, Flores, Kusanovic y Van Rysselberghe, sobre unificación de soluciones de carga de dispositivos electrónicos. Boletín N° 15595-15.

11. Modifica las leyes N° 18.168, General de Telecomunicaciones, y N° 19.496, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores, en materia de comunicaciones comerciales, informativas o publicitarias. Boletín 15638-15.

12. Proyecto de ley que “Introduce modificaciones en la ley N°21.063, que crea un seguro para el acompañamiento de niños y niñas que padezcan las enfermedades que indica y modifica el Código del Trabajo para estos efectos”, correspondiente al boletín N° 15.708-13.

I. ULTIMAS LEYES PUBLICADAS

1. Ley N° 21.542. Modifica la Carta Fundamental con el objeto de permitir la protección de infraestructura crítica por parte de las Fuerzas Armadas, en caso de peligro grave o inminente.
Se publicó en el DO el día 03 de febrero de 2023.

Esta Ley permitirá al ejecutivo disponer, entre otras cosas, que las fuerzas armadas se desplieguen en las zonas fronterizas. La normativa precisa que infraestructura crítica serán todas aquellas instalaciones físicas estratégicas y que prestan servicios básicos en temas de abastecimiento, telecomunicaciones, salud, centrales eléctricas, entre otras. Además, de acuerdo a lo establecido en la legislación, las fuerzas armadas que cuidarán las fronteras podrán solicitarle, a quienes cruzan por pasos no habilitados que se identifiquen, registrarlos y eventualmente detenerlos y ponerlos a disposición de las policías.

https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1188583&tipoVersion=0

2. Ley N° 21.530. Establece un derecho a descanso reparatorio para trabajadores de la salud del sector privado, como reconocimiento a su labor durante la pandemia de COVID-19.
Se publicó en el DO el día 02 de febrero de 2023.

El proyecto otorga por única vez y de manera excepcional, un beneficio denominado “descanso reparatorio” a los trabajadores y las trabajadoras, que cumplan con los requisitos señalados en el proyecto, de establecimientos de salud privados, a los de farmacias y de almacenes farmacéuticos, sin distinción de la calidad contractual en virtud de la cual se encuentren vinculados a dichos establecimientos, farmacias y almacenes farmacéuticos. Este beneficio consistirá en catorce días hábiles de descanso, que podrán utilizarse de forma total o parcial. El tiempo durante el cual los trabajadores y las trabajadoras hayan hecho uso del beneficio establecido en este artículo se considerará como efectivamente trabajado para todos los efectos legales, será compatible con el uso de feriados y permisos, y podrá utilizarse inmediatamente antes o después de éstos. Se podrá hacer uso de este beneficio durante el período de tres años contado desde la fecha de publicación de esta ley, conforme a lo dispuesto en los artículos siguientes.
Con todo, si al término de la relación laboral quedan días pendientes de utilizar, el empleador o empleadora deberá compensarlos en dinero al trabajador o trabajadora. Para estos efectos, consignará el valor de los días pendientes que le habrían correspondido utilizar en la respectiva remuneración, entendiéndose trabajados para todos los efectos legales.

https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1188552

3. Ley N° 21.531. Crea Ley de Fibromialgia y Dolores Crónicos No Oncológicos.
Se publicó en el DO el día 10 de febrero de 2023.

Esta ley establece que El Estado velará que toda persona con fibromialgia y/o dolores crónicos no oncológicos tenga acceso libre e igualitario al sistema previsional de salud y a su adecuada protección independiente del tratamiento médico elegido para paliar el dolor.

https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1188919

4. Ley N° 21.540. Repone el tratamiento tributario para los contratos de arrendamiento con opción de compra de bienes que impliquen una operación de financiamiento o leasing financieros, previo a la ley N° 21.420, que reduce o elimina exenciones tributarias.
Se publicó en el DO el día 15 de febrero de 2023.

Esta nueva legislación modifica la ley N°21.420, que reduce o elimina exenciones tributarias que indica, derogando el artículo 37 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo 1 del decreto ley N°824, de 1974, que modifica el tratamiento tributario de los contratos de leasing, volviendo a la situación anterior a la promulgación de esta ley.

https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1172303

5. Ley N° 21.543. Crea un Fondo de Garantías Especiales.
Se publicó en el DO el día 13 de febrero de 2023.

Esta ley busca apoyar a las empresas del rubro de la construcción, mediante el establecimiento de un Fondo de Garantías Especiales, administrado por Banco Estado y supervisado por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), que permitirá garantizar créditos y otros mecanismos de financiamiento bajo el amparo de programas especiales.

https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1188952

6. Ley N° 21.539. Modifica la Ley N° 18.290, de Tránsito, para suprimir la excepción a la exigencia de patente única para la circulación de vehículos nuevos adquiridos en Chile.
Se publicó en el DO el día 13 de febrero de 2023.

El objeto principal de esta nueva legislación es suprimir la excepción a la exigencia de patente única para la circulación de vehículos nuevos adquiridos en Chile, la cual permitía circular sin patente hasta por cinco días con la factura de compra, disposición contenida en el numeral 3 del artículo 54 de la Ley 18.290, de Tránsito.
Las municipalidades podrán otorgar, semestralmente, permisos de circulación provisional a las personas jurídicas con establecimientos comerciales dentro de sus comunas, con el objeto de que sean utilizados por la casa comercial para la exhibición en la vía pública de vehículos motorizados nuevos. Las Municipalidades llevarán un registro de los permisos de circulación provisionales que se otorguen. Junto con ello, el municipio deberá entregar placas provisorias cuyo diseño y características serán fijadas por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Dichas Municipalidades que otorguen estos permisos deberán informarlos a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo en la oportunidad y forma que ésta determine. Además, las motocicletas tendrán el plazo de doce meses para obtener el certificado de revisión técnica respectivo; inscribirse en el Registro de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación, y obtener su placa patente única.

https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1188953

7. Ley N° 21.545. Establece la promoción de la inclusión, la atención integral y la protección de los derechos de las personas con trastorno del espectro autista en el ámbito social, de salud y educación.
Se publicó en el DO el día 10 de marzo de 2023.

La Ley TEA, es una normativa que asegura el derecho a la igualdad de oportunidades y resguarda la inclusión social de los niños, niñas, adolescentes y adultos con trastorno del espectro autista (TEA), eliminando cualquier forma de discriminación.
En materia laboral, la nueva ley establece que los trabajadores que sean padres, madres o tutores legales de menores de edad diagnosticados con trastorno del espectro autista, están facultados para acudir a emergencias respecto a su integridad en los establecimientos en los que cursen su enseñanza parvularia, básica o media. Los trabajadores destinen a la atención de estas emergencias será considerado como trabajado para todos los efectos legales. Además, el empleador no podrá proceder al despido por abandono del trabajo. El trabajador deberá dar aviso a la Inspección del Trabajo la circunstancia de tener un hijo o menor bajo su tutela legal diagnosticado con trastorno del espectro autista.
Los establecimientos de salud, educacionales, bancarios y demás lugares que sean de amplia concurrencia, deberán contar con carteles u otros formatos de comunicación en los que se señale que las personas con trastorno del espectro autista deben recibir un trato digno y respetuoso en todo momento, y que respecto de ellas debe adoptarse un lenguaje claro y sencillo en las atenciones que se les brinden.

https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1190123

8. Ley N° 21.541. Modifica la normativa que indica para autorizar a los prestadores de salud a efectuar atenciones mediante telemedicina.
Se publicó en el DO el día 17 de marzo de 2023.

Esta ley tiene por objeto regular los deberes y derechos que las personas tienen en relación con las acciones vinculadas a su atención de salud, cualquiera sea la forma en que esta se presta, presencialmente o realizada a distancia o telemedicina.
Los prestadores podrán otorgar acciones, atenciones y procedimientos de salud digital destinados a la prevención, promoción, protección, recuperación y rehabilitación de las personas manteniendo registros de estas prestaciones en los mismos términos que una atención presencial” y “las prestaciones de telemedicina deberán ejecutarse en condiciones de seguridad con respecto a los derechos en salud de las personas”. Asimismo “los medios deben ser adecuados al tipo de prestación resguardando la calidad de la atención”.

https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1190336&idParte=10415343&idVersion=2023-03-17

9. Ley N° 21.550. Impulsa medidas para la seguridad económica, incluyendo un aporte extraordinario para duplicar el aporte familiar permanente en 2023; un incremento permanente en la asignación familiar y maternal y en el subsidio único familiar, y su automatización para las personas que indica, y la creación del bolsillo familiar electrónico.
Se publicó en el DO el día 25 de marzo de 2023.

El proyecto despachado implica la entrega extraordinaria de un segundo Aporte Familiar Permanente (también conocido como Bono Marzo), correspondiente a $60.000, que tiene por objetivo apoyar a las familias en este mes de alta carga económica. Sumado al pago regular del beneficio, el aporte total sumará cerca de $120 mil.

El proyecto aprobado aumentará en un 20% el monto de la Asignación Familiar (AF) y del Subsidio Único Familiar (SUF) de forma permanente, beneficiando a más de 3 millones de cargas o causantes, pertenecientes a 1,5 millones de hogares. Adicionalmente, se avanzará en la automatización del SUF para poder llegar a más de 900 mil niños, niñas y adolescentes pertenecientes al 40% más vulnerable de la población, que actualmente no reciben este beneficio.

La iniciativa legal crea el “Bolsillo Familiar Electrónico”, que consiste en un apoyo económico de $13.500 mensuales por carga, que funcionará desde la Cuenta RUT de las personas beneficiarias, cubriendo una parte (20%) o el total del valor de las compras realizadas en cualquier comercio del rubro alimenticio que contemple medios de pago electrónicos, a lo largo de todo el país. Reemplazará el “Aporte Canasta Básica de Alimentos”, que tiene vigencia hasta abril de 2023.

https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1112118

II. PROYECTOS DE LEY DESPACHADADOS POR EL CONGRESO

1. Proyecto de ley que Modifica la ley N° 19.993, con el objeto de permitir que el tratamiento de los productos de la pequeña y mediana minería de Enami pueda realizarse por Codelco en instalaciones distintas de la Fundición Ventanas BOLETÍN: 15265-08 (07-03-2023)

https://www.camara.cl/verDoc.aspx?prmID=31362&prmTIPO=OFICIOPLEY

2. Proyecto de ley que Aprueba el Convenio 190, sobre la Violencia y el Acoso, adoptado por la Organización Internacional del Trabajo el 21 de junio de 2019. BOLETÍN: 15307-10 (13-03-2023)

https://www.camara.cl/verDoc.aspx?prmID=31381&prmTIPO=OFICIOPLEY

3. Proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de mejorar la persecución del narcotráfico y crimen organizado, regular el destino de los bienes incautados en esos delitos y fortalecer las instituciones de rehabilitación y reinserción social. BOLETÍN: 13588-07, 11915-07, 12668-07 y 12776-07 refundidos (15-03-2023)

https://www.camara.cl/verDoc.aspx?prmID=31434&prmTIPO=OFICIOPLEY

4. Proyecto de ley que Establece un sitio electrónico unificado de tarifas y peajes correspondientes al uso de distintas autopistas y consagra un beneficio para los usuarios que indica. BOLETÍN: 12697-15 (20-03-2023)

https://www.camara.cl/verDoc.aspx?prmID=31414&prmTIPO=OFICIOPLEY

5. Proyecto de ley que Impulsa medidas para la seguridad económica, incluyendo un aporte extraordinario para duplicar el Aporte Familiar Permanente en 2023; un incremento permanente en la Asignación Familiar y Maternal y en el Subsidio Único Familiar, y su automatización para las personas que indica, y la creación del Bolsillo Familiar Electrónico. BOLETÍN: 15665-05 (21-03-2023)

https://www.camara.cl/verDoc.aspx?prmID=31425&prmTIPO=OFICIOPLEY

6. Proyecto de ley que actualiza los delitos que sancionan la delincuencia organizada, aplica comiso de ganancias y establece técnicas especiales para su investigación. BOLETÍN: 13982-25 (22-03-2023)

https://www.camara.cl/verDoc.aspx?prmID=31429&prmTIPO=OFICIOPLEY

III. PROYECTOS DE LEY INGRESADOS A TRAMITACIÓN

1. Mensaje del Presidente de la República con el que inicia un proyecto de ley que introduce modificaciones a la ley Nº 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura, y al decreto ley N° 825, de 1974, del Ministerio de Hacienda, ley sobre impuesto a las ventas y servicios, para mejorar el pago a treinta días.

En tramitación, se envía a la Comisión de Economía y a la Comisión de Hacienda, en su caso. BOLETÍN 15716-03, SENADO

2. Proyecto iniciado en moción de las diputadas señoras Weisse y Romero, doña Natalia; y de los diputados señores Bobadilla; Coloma; Cornejo; Lavín; Lilayu; Moreira; Sulantay y Trisotti, que “Modifica la ley N° 19.496, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores, para regular el otorgamiento de productos y servicios financieros a estudiantes de educación superior”.

En tramitación, se envía a la Comisión de Economía, Fomento; Micro, Pequeña y Mediana Empresa, Protección de los Consumidores y Turismo. BOLETÍN 15722-03, CAMARA DE DIPUTADOS

3. Moción de la senadora y senador señor Velásquez y señora Sepúlveda, con la que inician un proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo, con el objeto de establecer políticas de equidad de género e igualdad de derechos en las empresas.

En tramitación, se envía a la Comisión de Trabajo y Previsión Social. BOLETÍN 15725-13, SENADO.

4. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Winter; Calisto; Mellado, don Cosme, y Sáez; y de las diputadas señoras Fries; Santibáñez y Schneider, que “Obliga a las Empresas de Aplicación de Transportes a crear un registro nacional de repartidores y establece multas que indica”.

En tramitación, se envía a la Comisión de Seguridad Ciudadana. BOLETÍN 15753-25, CAMARA DE DIPUTADOS

5. Moción de la Senadora y Senador señora Núñez y señor Durana, con la que inician un proyecto de ley que modifica la ley N° 21.368, en materia de entrega de productos de un solo uso.

En tramitación, se envía a la Comisión de Medio Ambiente, Cambio Climático y Bienes Nacionales. BOLETÍN 15760-12, SENADO

6. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Carter; Labbé; Oyarzo y Sulantay; y de la diputada señora Pérez, doña Marlene, que “Modifica diversos cuerpos legales para prohibir el uso de la plataforma digital que indica, en dispositivos móviles destinados al ejercicio de funciones públicas”.

En tramitación, se envía a la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización. BOLETÍN 15761-06, CAMARA DE DIPUTADOS

7. Moción de los Senadores señores Sandoval, Chahuán, Espinoza, Prohens y Van Rysselberghe, con la que inician un proyecto de ley que modifica la ley N° 19.496, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores, para consagrar el derecho a la elección del medio de pago.

En tramitación, se envía a la Comisión de Economía. BOLETÍN 15762-03, SENADO

8. Moción de los Senadores señores Sandoval, Espinoza, Prohens y Van Rysselberghe, con la que inician un proyecto de ley que modifica la ley N° 19.886, Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de servicios, con el objeto de prohibir la contratación con empresas sancionadas por infringir normas ambientales.

En tramitación, se envía a la Comisión de Medio Ambiente, Cambio Climático y Bienes Nacionales. BOLETÍN 15763-12, SENADO.

IV. PROYECTOS EN TRAMITACIÓN

1. Proyecto de ley para prevenir y sancionar el lavado verde de imagen o greenwashing. Boletín N° 15044-13.

El presente proyecto de ley busca definir, precisar y prevenir el concepto de lavado verde de imagen o “greenwashing” en la legislación chilena, así como una plataforma permanente de información ambiental de las empresas, para dotar de mayores herramientas en fiscalizar y sancionar a quienes incumplan la normativa.

La Comisión del MMAA de la C. de Diputados aprobó en particular el proyecto de ley, despachándose a sala en enero está en tabla para el día 5 de abril de 2023.

Se encuentra en primer trámite legislativo en la C. de Diputados.

https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=15551&prmBOLETIN=15044-12

2. Proyecto de ley que regula la protección y el tratamiento de los datos personales y crea la Agencia de Protección de Datos Personales. Boletín N°s 11144-7 y 11092-07, refundidos.

El objetivo del proyecto es, perfeccionar las normas relativas al tratamiento de los datos personales de las personas naturales, de manera que éste se realice con el consentimiento del titular de dichos datos o en los casos que lo autorice la ley, asegurando estándares de calidad, información, transparencia y seguridad. Asimismo, crear la Agencia de Protección de Datos Personales, organismo público encargado de velar por la protección de los datos personales.

La Comisión de Constitución. Legislación y Justicia de la C. de Diputados despachó el proyecto en particular en enero de 2023 y pasó a la comisión de Hacienda que el 22 de marzo comenzó con el análisis de los artículos de su competencia.

Se encuentra en segundo trámite legislativo en la C. de Diputados.

https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=11661&prmBOLETIN=11144-07

3. Proyecto de ley que crea un nuevo sistema mixto de pensiones y un seguro social en el pilar contributivo, mejora la pensión garantizada universal y establece beneficios y modificaciones regulatorias que indica. Boletín N° 15480-13.

Los principales objetivos son:
– Aumentar las pensiones actuales y futuras aumentando la cotización en 5 puntos.
– La reforma busca avanzar hacia un sistema contributivo mixto, a través de la creación de un componente de ahorro colectivo financiado por los empleadores en el pilar obligatorio
– Reforzar la libertad de elección, el proyecto amplía el espacio de elección de los afiliados al sistema, para elegir entre los nuevos Inversores de Pensiones Privados y un Inversor de Pensiones Público y Autónomo.
– El proyecto realiza una Transición hacia un cobro de comisiones transparente y comparable, centralizando las actividades de soporte en un Administrador Previsional Autónomo, y separando claramente las funciones de soporte de las de inversión en el sistema.
– La reforma busca mejorar la forma en que el sector privado participa en el sistema de pensiones, redefiniendo su rol con foco especialmente en la gestión de las inversiones de los ahorros previsionales a través de los Inversores de Pensiones Privados, estableciendo mecanismos de licitación que permitan tanto aprovechar la escala del sistema como los conocimientos especializados en servicios por parte de los privados, y facilitando el ingreso de nuevos actores mediante la reducción de barreras de entrada que perjudiquen la competitividad entre oferentes.
– El proyecto de ley reemplaza el sistema de multifondos por Fondos Generacionales que se adecúan al perfil de riesgo de las y los afiliados de acuerdo con su edad. Igualmente, se perfeccionan las modalidades de pensión y la información disponible al momento de tomar esa decisión.

Se encuentra en primer trámite constitucional de la C. de Diputados, La Comisión del Trabajo aprobó la idea de legislar el 25 de enero de 2023. Debe abrirse plazo de indicaciones para luego comenzar la discusión en particular en la Comisión.

https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=16006&prmBOLETIN=15480-13

4. Proyecto de ley que modifica el código del trabajo en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral. Boletín N° 15093-13.

El presente proyecto de ley se estructura de la siguiente manera: a) Incorpora dentro del deber de seguridad o de protección del empleador la mención expresa a salud física y mental, expandiendo las posibles interpretaciones al concepto de “salud” que emplea el artículo 184 del Código del Trabajo. b) Se agrega un nuevo inciso segundo con el fin de establecer la obligación para el empleador de adoptar todas las medidas tendientes a proporcionar al trabajador o trabajadora denunciante atención psicológica especializada inmediatamente luego de haber recibido la denuncia. c) Se incorpora un artículo 211-E bis, a fin de establecer el deber de confeccionar protocolos de prevención y de investigación del acoso laboral (y sexual) al interior de la empresa, los cuales deberán constar en el reglamento de seguridad e higiene en los mismos términos que dispone el artículo 153 del Código del Trabajo. En este sentido, este proyecto de ley también modifica las normas aplicables en materia de reglamento de seguridad e higiene, a fin de que se establezca, dentro de su contenido obligatorio que indica el artículo 154, el protocolo sobre prevención y de investigación del acoso laboral anteriormente mencionado. d) Dentro del protocolo, el empleador deberá designar en conjunto con los trabajadores y/o sus representantes, a un trabajador quien, voluntariamente y bajo la denominación de delegado de prevención, será la persona que hará las veces de canal de denuncia de cualquier conducta constitutiva de acoso, comunicando la denuncia al empleador y colaborando en la facilitación de atención psicológica inmediata a la denuncia. Se contempla además la designación de un delegado de prevención suplente, en caso de que el titular no pueda ejercer el cargo, ya sea por inhabilitación o recusación. Se contempla que el o los delegados de prevención gocen de fuero coincidente con el actual fuero sindical, en vista la necesidad de independencia e imparcialidad que debe mantener, especialmente respecto del empleador. A diferencia de otros proyectos de ley respecto de acoso laboral, sostenemos que la participación de los trabajadores como mediadores dentro del conflicto de acoso laboral, debe reducirse a uno o dos trabajadores, que en calidad de delegados de prevención, podrán resguardar la debida privacidad del denunciante, lo cual sería difícil de asegurar si se constituye un comité o una comisión al efecto. La privacidad re e) Se establece la obligación del empleador de denunciar al Ministerio Público aquellos hechos de acoso laboral que pudieran constituir delito, de conformidad a lo establecido en el artículo 175 del Código Procesal Penal. Esta obligación permite asegurar que aquellas denuncias por hechos de acoso laboral con mayor gravedad sean investigadas por organismos públicos persecutores penalmente y, eventualmente, la imposición de medidas cautelares en contra de la persona denunciada, si las circunstancias y la gravedad de los hechos lo ameriten. f) Finalmente, se contempla una sanción, específicamente una multa, en caso de incumplimiento por parte del empleador de la obligación de confección de protocolos de prevención, investigación y sanción de conductas de acoso laboral, la cual será de entre 150 a 300 unidades tributarias mensuales.

La Comision del Trabajo de la C. de Dipuados sesiono el día 23 de enero para continuar con la presente discusión. La Comisión contó con la asistencia del señor Pablo Zenteno, Director del Trabajo, quien expuso respecto a proyecto de ley boletín 15.093-13, a la señora Claudia Salgado, Educadora de Párvulo hermana de Karin Salgado quien dio a conocer la historia de su hermana y el acoso laboral por la que ella tuvo que vivir y al señor José Tomás Freire, Psicólogo, quien dio a conocer su opinión respecto al proyecto de ley. La Comisión votó en particular y despachó el proyecto de ley, está en tabla en la Sala para el día 5 de abril de 2023.

https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=15603&prmBOLETIN=15093-13

5. Proyecto de ley que crea un registro de deuda consolidada. Boletín N° 14743-03.

El proyecto de ley hace referencia a los siguientes puntos:

A. Creación del Registro de Deuda Consolidada. Se establece que la Comisión para el Mercado Financiero (“CMF”) será el administrador de un registro de obligaciones denominado “Registro de Deuda Consolidada” (“Registro”) al que determinados oferentes de crédito bancarios y no bancarios estarán obligados a reportar información respecto de operaciones de crédito de dinero (“obligaciones reportables”).
B. Ampliación de la noción de titulares de la información. La ley Nº 19.628, sobre protección a la vida privada, sólo considera como titulares de los datos a las personas naturales. Sin embargo, dadas las características propias de las obligaciones económicas, el proyecto de ley amplía el concepto de titulares de datos (definidos como “deudores” en el proyecto de ley) tanto a personas naturales como a personas jurídicas, de manera de que ambas puedan ejercer sus derechos en esta materia.
C. Extensión del concepto de información comercial que puede ser tratada. El proyecto de ley extiende el concepto de información comercial que puede ser tratada, estableciendo que: (i) se debe informar al Registro tanto información de la deuda morosa como de la deuda al día; y (ii) la información de la deuda debe ser reportada al Registro tanto por entidades bancarias como no bancarias. Específicamente, se establece que la información debe ser reportada por los bancos, las compañías de seguro, los emisores de tarjetas de crédito, las cajas de compensación, las cooperativas de ahorro y crédito, las sociedades securitizadoras por los patrimonios separados que constituyan o tengan, y las personas naturales o jurídicas así como otras entidades que cumplan con las condiciones que establezca la CMF por norma de carácter general (“reportantes”).
D. Acceso de reportantes, mandatarios y deudores. De forma de resguardar la información de las personas, y permitir el correcto uso de la misma, el proyecto de ley especifica que solo podrán acceder al Registro: (i) reportantes; (ii) mandatarios de reportantes informados a la CMF; y (iii) deudores o terceros autorizados por estos últimos. Adicionalmente, señala que tanto los reportantes como sus mandatarios deben cumplir estándares mínimos de seguridad, establecidos mediante norma de carácter general de la CMF y mantener reserva de la información obtenida del registro, la cual, una vez usada para la evaluación de riesgo comercial y crediticio, debe ser eliminada.
E. Derechos de los deudores. Se contempla una serie de derechos para los deudores (titulares), los cuales se ejercen directamente ante el reportante o a través del acceso al Registro y son de carácter gratuito. Estos derechos son:
i. Derecho de acceso: El deudor tendrá derecho a solicitar a la CMF el acceso a la información relativa a su persona y sus obligaciones que esté almacenada en el Registro. Dicho acceso podrá llevarse a cabo a través de medios o sistemas digitales u otros adicionales que la CMF determine para efectos de una mayor cobertura.
ii. Derecho de actualización, rectificación o complementación: El deudor tendrá derecho a solicitar la actualización, rectificación o complementación de la información relativa a su persona o a sus obligaciones. En caso de que el reportante deniegue la solicitud, deberá hacerlo de manera fundada. Por otro lado, en caso de que la acepte, deberá modificar la información almacenada en su base de datos, cuando corresponda, y dar aviso a la CMF para que también la modifique en el Registro.

iii. Derecho a cancelar datos: El deudor tendrá derecho a solicitar al respectivo reportante, la eliminación de su información o de sus obligaciones, almacenada en el Registro que, de conformidad a esta ley, no corresponda ser almacenada. En caso de que el reportante deniegue la solicitud, deberá hacerlo de manera fundada. Por otro lado, en caso de que la acepte, deberá eliminar la información almacenada en su base de datos, cuando corresponda, y dar aviso a la CMF para que también la modifique en el Registro.

En caso de que no sea posible determinar al reportante que hubiere entregado la información almacenada en el registro, y que de conformidad a esta ley no correspondía ser almacenada en dicho registro, el deudor podrá solicitar a la Comisión la eliminación de dicha información.

F. Sanciones. Se establece que, en caso de infracciones a esta normativa se sancionará a los reportantes de acuerdo con las disposiciones del decreto ley N° 3.538, de 1980, que crea la Comisión para el Mercado Financiero. Adicionalmente, se señala que se puede sancionar a los reportantes prohibiendo su acceso al Registro por hasta 1 año. Por último, se establecen sanciones penales para quienes revelen datos a terceros, sin la autorización que corresponda.

G. Transitoriedad: En considera¬ción a los nuevos desafíos técnicos y operativos que implica el proyecto, se contempla un periodo razonable para su entrada en vigencia.

Específicamente, señala que la ley entrará en vigencia a los 20 meses contados desde su publicación en el Diario Oficial. Sin perjuicio de lo anterior, se señala que la CMF deberá emitir las normativas correspondientes dentro del plazo de 12 meses, contado desde la publicación de la ley, y que deberá tener el Registro totalmente habilitado dentro del plazo de 15 meses, contado desde la publicación de la ley, de manera que los reportantes puedan comenzar a reportar sus obligaciones desde antes de la entrada en vigencia de la ley.

La Comisión de Economía de la C. de Diputados, sesiono el día 03 de enero para continuar con la presente discusión. Se despacho el proyecto y se designó diputado informante al señor Miguel Mellado. Pasó a la Comisión de Hacienda.

Se encuentra en primer trámite legislativo en la C. de Diputados.

https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=15234&prmBOLETIN=14743-03

6. Proyecto de ley para aumentar la participación de mujeres en los directorios de las sociedades anónimas abiertas y sociedades anónimas especiales. Boletín N° 15516-34.

Tiene por objetivo aumentar la participación de mujeres en los directorios de las sociedades anónimas abiertas y sociedades anónimas especiales, a través del establecimiento, primero, de una cuota sugerida y, luego, de una cuota requerida.

La Comisión de mujeres y equidad de género aprobó la idea de legislar el 15 de marzo de 2023.

Se encuentra en primer trámite legislativo en la C. de Diputados.

https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=16048&prmBOLETIN=15516-34

7. Proyecto de ley que introduce modificaciones al Código del Trabajo y otros cuerpos legales en materia de inclusión laboral de personas con discapacidad y asignatarias de pensión de invalidez. Boletín Nºs 14445-13, 14449-13 y 13011-11, refundidos.

PRINCIPALES OBJETIVOS:
-Aumentar, para el año 2025, del 1% al 2% de personas con discapacidad o asignatarias de una pensión de invalidez que deben ser contratadas por las medianas y grandes empresas e incorporadas en las instituciones públicas.
-Establecer la obligación de la Dirección del Trabajo de mantener un registro público sobre inclusión laboral y de la Dirección Nacional del Servicio Civil de informar anualmente sobre el cumplimiento de la normativa legal por parte de las instituciones públicas en materia de la selección preferente y la reserva de contratación de personas con discapacidad o asignatarias de una pensión de invalidez.
El proyecto se encuentra en segundo trámite legislativo en la C. de Diputados, la última sesión fue el 21 de marzo en la comisión de Discapacidad donde se escucho a la Directora de la Fundación de Innovación y Diseño Inclusivo InHoy, Jimena Gómez y la Presidenta de la Fundación Ama Crecer, Claudia Miqueles Saavedra.Asistieroncon la Directora de la Fundación de Innovación y Diseño Inclusivo InHoy, el señor Victor Barna Lues.

https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=13554&prmBOLETIN=13011-11

8. Proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo con el objeto de reducir la jornada laboral. Boletín N° 11179-13.

El proyecto tiene por objeto reducir la jornada ordinaria laboral de 45 a 40 horas semanales. Agregando que, sin perjuicio de lo anterior, en las empresas en que existan sistemas de trabajo por turnos, de acuerdo a lo establecido en los numerales del artículo 38 inciso primero; excepcionales de los incisos penúltimo y final del mismo artículo; bisemanales del artículo 39; especiales para el personal del transporte de los artículos 25, 25 bis, 26 y 26 bis o cualquier otro sistema especial de duración y distribución de la jornada de trabajo que contemple este Código, la jornada semanal del artículo 22 podrá, por acuerdo de las partes, promediarse en períodos bimensuales o trimestrales de distribución de días de trabajo y de descanso. Lo anterior también se aplicará para el personal contratado para prestar servicios por obras o faenas determinadas.

El proyecto fue aprobado en la Sala del Senado. Se encuentra en tercer trámite legislativo en la Cámara de Diputados.

https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=11694&prmBOLETIN=11179-13

9. Proyecto de ley, que moderniza la ley N° 19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del Estado. Boletín Nº 14.137-05.

El proyecto de ley tiene por objetivos profundizar y desarrollar el proceso de modernización del gasto público que el Estado ha emprendido desde la creación del Sistema de Compras Públicas, elevando sus estándares de probidad y transparencia, mejorando la eficiencia e incorporando la innovación, el análisis de necesidad y los principios de la economía circular, como también perfeccionando el funcionamiento del Tribunal de Compras y Contratación Pública y las funciones de la Dirección de Compras y Contratación Pública, en el Sistema de Compras Públicas, y finalmente, promoviendo la participación de las PYMES en los procedimientos de contratación pública.

La Comisión de Economía del Senado continuó el 21 de marzo con la discusión del proyecto de ley. Se seguirá analizando en la próxima sesión.

Se encuentra en segundo trámite legislativo en el Senado.

https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=14713&prmBOLETIN=14137-05

10. Proyecto de ley sobre unificación de soluciones de carga de dispositivos electrónicos. Boletín N° 15595-15.

El proyecto señala que, todo dispositivo electrónico, tales como teléfonos móviles, tabletas, libros electrónicos, cámaras digitales, videoconsolas, auriculares y otros similares, deberán contar con una misma solución de carga.

La Comision de Trasporte y Telecomunicaciones del Senado, sesiono el día 04 de enero para continuar con la presente discusión. Se escucho a los invitados: Del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones: el Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, señor Juan Carlos Muñoz; la Coordinadora Legislativa del Ministerio, señora Viviana Díaz; la Jefa del Departamento de Política Regulatoria y Estudios de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, señora Virginia Reginato, y el Asesor Comunicacional, del Ministro, señor Eric Ulloa. De la Biblioteca del Congreso Nacional: los Analistas, señores Hernán Cerda y Raimundo Roberts.

Se encuentra en primer trámite legislativo en el Senado.

https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=16129&prmBOLETIN=15595-15

11. Modifica las leyes N° 18.168, General de Telecomunicaciones, y N° 19.496, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores, en materia de comunicaciones comerciales, informativas o publicitarias. Boletín 15638-15.

La presente moción propone requerir la utilización de una numeración especial o diferenciada que permita al usuario receptor identificar, al menos, que se trata de una llamada con fines comerciales, informativos o publicitarios; mientras que en el caso de la mensajería, además de cumplir con el objetivo anterior, permitirá contar con una numeración especial que dificultará la utilización de esta tecnología para la comisión de fraudes o estafas diseñadas para suplantar la identidad del remitente de una comunicación legítima y, por ese medio, obtener credenciales bancarias. Dicha numeración corta o especial puede constituirse en parte de la identidad de la entidad emisora de la comunicación, otorgándole el valor agregado de poder identificarse frente a sus propios clientes.

El 15 de marzo de 2023 se escuchó al Subsecretario de Telecomunicaciones, señor Claudio Araya quien expuso sobre el proyecto de ley. Se encuentra en primer trámite en el Senado.

https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=16168&prmBOLETIN=15638-15

12. Proyecto de ley que “Introduce modificaciones en la ley N°21.063, que crea un seguro para el acompañamiento de niños y niñas que padezcan las enfermedades que indica y modifica el Código del Trabajo para estos efectos”, correspondiente al boletín N° 15.708-13.

El proyecto tiene entre sus objetivos:
– Adecuar la normativa que permita hacer aplicables las disposiciones contenidas en la ley Nº 21.400 (Ley Sanna)
– Aumento del número de días cuando un niño o niña esté afectado por la contingencia cáncer y trasplante
– Adecuación de la normativa en casos de pandemia, epidemia u otros de similares características (ampliación del permiso hasta por 90 días)
– Eliminación del período de carencia.
– Aumento de días de otorgamiento de una licencia médica (15 a 30 días)
– Establecer un fuero laboral para las personas que hacen uso de la licencia SANNA

El proyecto se encuentra en primer trámite en la Cámara de Diputados, La Comisión de Trabajo contó con la participación de la Superintendenta de Seguridad Social, señora Pamela Gana Cornejo y la del Presidente de la Asociación de Mutuales A.G., quienes dieron a conocer su opinión y aclararon la inquietudes de los diputados presentes. El Proyecto se votó en general y en particular. Se eligió diputado informante al señor Cristián Labbé Martínez. Pasa a la Comisión de Hacienda.

https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=16242&prmBOLETIN=15708-13