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CCS
Mayo 2022

Agenda Legislativa.

Índice de contenidos

I. ULTIMAS LEYES PUBLICADAS

1. Ley 21.456, reajusta el monto del Ingreso Mínimo Mensual, así como la asignación familiar y maternal, y el subsidio familiar, otorga un subsidio temporal a las micro, pequeñas y medianas empresas en la forma que indica, y establece un aporte compensatorio del aumento del valor de la canasta básica de alimentos.
2. Ley 21441 extiende la duración del permiso laboral para trabajadoras y trabajadores en caso de fallecimiento del padre o de la madre, e incorpora igual permiso en caso de fallecimiento de un hermano o hermana.
3. CERTIFICACIÓN SELLO 40 HORAS.

II. PROYECTOS DE LEY DESPACHADOS POR EL CONGRESO

1. Proyecto de ley que fija Ley Marco de Cambio Climático. Boletín N° 13191-12.

III. PROYECTOS DE LEY INGRESADOS A TRAMITACIÓN

1. Proyecto que modifica la Ley N° 19.496, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores, para establecer la obligación de advertir el nivel de violencia presente en la publicidad sobre videojuegos y en los videojuegos a que se accede de manera digital. Boletín N° 14978-03.
2. Proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo, con el objeto otorgar protección laboral para las mujeres víctimas de violencia intrafamiliar. Boletín N° 14974-13.
3. Proyecto de ley que modifica el Decreto Ley Nº 2.757 que Establece Normas sobre Asociaciones Gremiales para facilitar la constitución de asociaciones gremiales y para incorporar mecanismos remotos en la celebración sesiones de directorio y asambleas de socios. Boletín N° 14981-03.
4. Proyecto de ley que modifica el código del trabajo con el objeto de reducir la jornada laboral a 39 horas semanales de manera gradual y flexible en favor de los trabajadores y trabajadoras y sus empleadores, prohibiendo la precarización laboral a través de horas extras dentro del sector público de forma progresiva. Boletín N° 14986-13.
5. Proyecto de ley que incorpora una circunstancia agravante al artículo 12 del Código Penal. Sobre Comercio Seguro. Boletín N° 14988-25.
6. Proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo, adecuando las normas relativas a inclusión laboral de las personas con discapacidad. Boletín N° 15000-13.
7. Proyecto de ley sobre entrega de estados de cuenta digitales. Boletín N° 14968-03.
8. Proyecto que modifica la ley n° 21.431 que regula el contrato de trabajadores de empresas de plataformas digitales de servicios en relación con el uso y registro de vehículos motorizados para prestar los servicios. Boletín N° 15015-13.
9. Proyecto de ley que establece la obligación de elaborar un informe anual de sustentabilidad en la gran minería, para promover el desarrollo de una minería verde. Boletín N° 15015-13.
10. Proyecto de ley que incluye un criterio descentralizador en la incorporación a empresas de personas con discapacidad y auméntese el porcentaje de inclusión laboral tanto en el sector público como en el privado. Boletín N° 15005-13.

IV. PROYECTOS EN TRAMITACIÓN

1. Proyecto de ley que regula la protección y el tratamiento de los datos personales y crea la Agencia de Protección de Datos Personales. Boletín N°s 11.144-7 y 11.092-07, refundidos.
2. Proyecto de ley que elimina y prohíbe uso de datos sobre deudas impagas al 30 de abril de 2022 estableciendo sanciones que indica. Boletín N° 14888-03.
3. Proyecto de ley que modifica el código del trabajo para fortalecer los derechos de los dirigentes sindicales. Boletín N° 14685-13.
4. Proyecto de ley que promueve en el sector público y privado la inserción laboral de personas jóvenes sin experiencia laboral previa. Boletín N° 14624-13.
5. Proyecto de ley que modifica la ley N° 21.420, que reduce o elimina exenciones tributarias que indica. Boletín Nº 14.830-05.
6. Proyecto de ley que modifica la ley N° 20.416, que fija normas especiales para las empresas de menor tamaño, para hacer solidariamente responsable a la empresa principal, o dueña de la obra o faena, del pago de los bienes entregados o servicios realizados por las micro, pequeñas o medianas empresas proveedoras, en las condiciones que indica. Boletín N° 14011-03.
7. Proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales para ampliar la responsabilidad penal de las personas jurídicas, y regular el ejercicio de la acción penal, respecto de los delitos contra el orden socioeconómico que indica. Boletines N° 13204-07 y 13205-07 refundidos.
8. Proyecto de ley que equipara el derecho de sala cuna para las trabajadoras, los trabajadores y los independientes que indica, en las condiciones que establece, modifica el Código del Trabajo para tales efectos y crea un fondo solidario de sala cuna. Boletín N° 14782-13.

I. ULTIMAS LEYES PUBLICADAS

1. Ley 21.456, reajusta el monto del Ingreso Mínimo Mensual, así como la asignación familiar y maternal, y el subsidio familiar, otorga un subsidio temporal a las micro, pequeñas y medianas empresas en la forma que indica, y establece un aporte compensatorio del aumento del valor de la canasta básica de alimentos.

Se publicó en el Diario Oficial con fecha 26 de mayo de 2022
La presente ley tiene por objeto reajustar el ingreso mínimo, la asignación familiar y maternal, el subsidio familiar, como también otorgar ayudas extraordinarias consistentes en subsidios.
El ingreso mínimo mensual para los trabajadores mayores de 18 años de edad y hasta los 65 años quedó fijado en $380.000 a contar del 1° de mayo de 2022; y en $400.000 a contar del 1 de agosto de 2022.
El ingreso mínimo mensual para los trabajadores menores de 18 años de edad y mayores de 65 años de edad quedó fijado en $283.471 a contar del 1° de mayo de 2022.
El ingreso mínimo mensual para efectos no remuneracionales quedó fijado en $244.944 a contar del 1° de mayo de 2022.
La asignación familiar y maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares tendrá los siguientes valores según el ingreso mensual del beneficiario, a contar del 1° de mayo de 2022:
a) De $15.597 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $398.443.
b) De $9.571 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $398.443 y no exceda de $581.968.
c) De $3.025 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $581.968 y no exceda de $907.672.
d) Las personas que tengan acreditadas o que acrediten cargas familiares, cuyo ingreso mensual sea superior a $907.672, no tendrán derecho a las señaladas asignaciones.
En materia del subsidio familiar establecido en el artículo 1° de la ley N° 18.020, su monto será de $15.597 a contar del 1° de mayo de 2022.
A partir del 1 de agosto de 2022, los montos señalados se elevarán en la misma proporción en que se aumenta el ingreso mínimo mensual. Para estos efectos, deberá dictarse un decreto supremo por intermedio del Ministerio de Hacienda, con firma del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que establezca los valores resultantes del cálculo.

En el evento de que la variación acumulada experimentada por el índice de precios al consumidor (IPC) supere el 7% en el periodo de doce meses a diciembre de 2022, se elevará a $410.000 el ingreso mínimo mensual para los trabajadores mayores de 18 años de edad y hasta de 65 años de edad a partir de enero de 2023, mientras que los demás montos se elevarán en la misma proporción y oportunidad. Para estos efectos, deberá dictarse un decreto supremo por intermedio del Ministerio de Hacienda, con firma del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que comunique los valores resultantes del cálculo.
En cuanto a las ayudas extraordinarias, la ley considera dos subsidios:
a) Para contribuir al pago del ingreso mínimo mensual, la ley contempla un subsidio temporal de cargo fiscal, de carácter mensual, el cual se pagará a las personas naturales y jurídicas, incluyendo cooperativas, que hayan informado inicio de actividades en primera categoría ante el Servicio de Impuestos Internos, y que tengan ingresos anuales por ventas y servicios del giro superiores a 0,01 e iguales o inferiores a 100.000 unidades de fomento, el que se calculará según las normas que la misma ley establece. El subsidio deberá ser solicitado por el beneficiario o la beneficiaria una única vez, a través de una plataforma electrónica dispuesta por el Servicio de Impuestos Internos, el cual informará a la Tesorería General de la República para que proceda a pagarlo.
b) Para compensar el alza de precios de la Canasta Básica de Alimentos, la ley concede un aporte mensual, a contar del 1° de mayo de 2022 y hasta el 30 de abril de 2023, en beneficio de los y las causantes de la asignación familiar y maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares, como también los causantes de las familias que al 31 de diciembre de 2021 fueran usuarias del subsistema “Seguridades y Oportunidades”, creado por la ley Nº 20.595, independientemente de si perciben transferencias monetarias por esta causa, y las familias que, a la misma fecha, estuvieran participando en el subsistema “Chile Solidario”.
El referido aporte mensual lo fijará el Ministerio de Hacienda mediante decretos exentos, será de cargo fiscal, no constituirá remuneración o renta para ningún efecto legal y, en consecuencia, no será imponible ni tributable y no estará afecto a descuento alguno. Su pago se efectuará mensualmente por el Instituto de Previsión Social, de acuerdo a las normas que imparta la Superintendencia de Seguridad Social.
Finalmente, la ley establece que a más tardar en el mes de abril de 2023, el Presidente de la República deberá enviar al Congreso Nacional un proyecto de ley que proponga un nuevo reajuste al monto del ingreso mínimo mensual, de la asignación familiar y maternal, y del subsidio familiar, con el objeto de que comience a regir a contar del día 1° de mayo de 2023. En la elaboración del proyecto se deberán considerar las sugerencias del Consejo Superior Laboral.

https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1176525

2. Ley 21441 extiende la duración del permiso laboral para trabajadoras y trabajadores en caso de fallecimiento del padre o de la madre, e incorpora igual permiso en caso de fallecimiento de un hermano o hermana.

Se publicó en el Diario Oficial con fecha 09 de mayo de 2022
La presente ley tiene por objeto aumentar de tres a cuatro días hábiles el permiso laboral pagado a que tiene derecho todo trabajador para el caso de fallecimiento de su padre o madre, y agrega que el mismo permiso será aplicable cuando se trate del fallecimiento de un hermano. Para dichos fines, se modifica el artículo 66 del Código del Trabajo.

https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1175780

3. CERTIFICACIÓN SELLO 40 HORAS.

Corresponde a una certificación será entregada por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social a las empresas de todo tamaño o rubro, que implementen una jornada laboral ordinaria de 40 o menos horas semanales. La certificación dará lugar a la entrega del “Sello 40 horas” que constituirá un reconocimiento público, de carácter promocional, que otorgará gratuitamente el Ministerio del Trabajo y Previsión Social a las empresas que acrediten el cumplimiento de los siguientes requisitos, al momento de la postulación: i. Tener contratado, conforme a la normativa del Código del Trabajo, a lo menos el 80% de los trabajadores y trabajadoras con una jornada ordinaria que no superen 40 horas ni menos de 30 horas semanales. ii. No haber sido condenada por vulneración a los derechos fundamentales previstos en el párrafo 6º del Capítulo II del Título I del Libro V del Código del Trabajo. iii. Estar al día en el pago de las obligaciones previsionales de sus trabajadoras y trabajadores. Artículo 3º. Las empresas interesadas en la certificación deberán postular a través del formulario que el Ministerio del Trabajo y Previsión Social pondrá a disposición en su página web institucional, www.mintrab.cl.

https://www.diariooficial.interior.gob.cl/publicaciones/2022/06/01/43267/01/2137250.pdf

II. PROYECTOS DE LEY DESPACHADOS POR EL CONGRESO

1. Proyecto de ley que fija Ley Marco de Cambio Climático. Boletín N° 13191-12.

La presente ley tiene por objeto hacer frente a los desafíos que presenta el cambio climático, transitar hacia un desarrollo bajo en emisiones de gases de efecto invernadero y otros forzantes climáticos, hasta alcanzar y mantener la neutralidad de emisiones de gases de efecto invernadero al año 2050, adaptarse al cambio climático, reduciendo la vulnerabilidad y aumentando la resiliencia a los efectos adversos del cambio climático, y dar cumplimiento a los compromisos internacionales asumidos por el Estado de Chile en la materia.

III. PROYECTOS DE LEY INGRESADOS A TRAMITACIÓN

1. Proyecto que modifica la Ley N° 19.496, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores, para establecer la obligación de advertir el nivel de violencia presente en la publicidad sobre videojuegos y en los videojuegos a que se accede de manera digital. Boletín N° 14978-03. Fecha de ingreso: 10 de mayo de 2021. Cámara de Origen: C. de Diputados. Iniciativa: Moción (Miguel Ángel Becker | Sara Concha | María Luisa Cordero | Camila Flores | Paula Labra | Miguel Mellado | Carla Morales | Francesca Muñoz | Marcia Raphael | Hotuiti Teao).

Se propone una modificación legal a la Ley N° 19.496, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores, con los siguientes dos alcances:
a. Disponer que la publicidad sobre videojuegos cumpla con la obligación de advertir el nivel de violencia que estos contienen, contemplada en el artículo 49 bis, debiendo esta advertencia consistir en idéntica leyenda material o secuencia digital, según el tipo de soporte del videojuego de que se trate, debiendo además ser proporcional al formato material o audiovisual (digital) de la publicidad.
b. Extender la obligación de advertencia sobre el nivel de violencia de los videojuegos a aquellos que se descargan y utilizan de manera digital, sin un formato físico, tomando en cuenta que actualmente solo se exige para la comercialización de videojuegos en mecanismos materiales, mediante venta o arrendamiento.

https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=15479&prmBOLETIN=14978-03

2. Proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo, con el objeto otorgar protección laboral para las mujeres víctimas de violencia intrafamiliar. Boletín N° 14974-13. Fecha de ingreso: 10 de mayo de 2021. Cámara de Origen: Senado. Iniciativa: Moción (Isabel Allende | Loreto Carvajal | María José Gatica | Paulina Núñez | Ximena Rincón).

Toda mujer víctima de violencia intrafamiliar podrá solicitar la adecuación temporal de sus prestaciones laborales, con el fin de permitir su debida reparación y protección, acreditando la situación n a través de una sentencia condenatoria. Asimismo, podrá ejercer dicho derecho la trabajadora en caso de que exista una medida de protección, suspensión condicional o una medida cautelar, por alguna de dichas conductas, por el plazo que rija la misma.

https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=15483&prmBOLETIN=14974-13

3. Proyecto de ley que modifica el Decreto Ley Nº 2.757 que Establece Normas sobre Asociaciones Gremiales para facilitar la constitución de asociaciones gremiales y para incorporar mecanismos remotos en la celebración sesiones de directorio y asambleas de socios. Boletín N° 14981-03. Fecha de ingreso: 11 de mayo de 2021. Cámara de Origen: C. de Diputados. Iniciativa: Moción (Yovana Ahumada | José Miguel Castro | Sofía Cid | Gonzalo De la Carrera | Joaquín Lavín | Enrique Lee | Miguel Mellado | Ximena Ossandón | Víctor Alejandro Pino | Hotuiti Teao).

El proyecto señala que, las asociaciones gremiales se constituirán por la reunión de a lo menos 10 personas naturales y jurídicas, o de cuatro personas jurídicas, que así lo acuerden. El acto por el cual se constituyan las asociaciones gremiales constará en escritura pública o privada suscrita ante notario. En el acto constitutivo, además de individualizarse a quienes comparezcan otorgándolo, se expresará la voluntad de constituir una asociación gremial, se aprobarán sus estatutos y la elección de la mesa directiva inicialmente encargada de dirigirla.
El Directorio podrá de celebrar las sesiones ordinarias y extraordinarias vía remota, debiendo ser convocadas expresamente en esta modalidad en la citación respectiva. Para las sesiones de directorio que se lleven a cabo por medios remotos, el acta deberá́ constar en un solo documento suscrito por todos los integrantes que asistieron, de manera física o mediante firma electrónica, sea esta simple o avanzada, no pudiendo suscribirse por unos de manera física y por otros con firma electrónica. En los casos que se emplee firma electrónica simple, los sonidos, símbolos o procesos electrónicos que se empleen para dicho efecto, deberán ser previamente acordados por el Directorio. El secretario del directorio deberá́ certificar para la reunión respectiva que el sistema de asistencia remota estuvo habilitado, permitiendo a todos directores asistir y participar. Asimismo, deberá certificar la identidad de quienes asistieron a la sesión de directorio. Estas certificaciones deberán quedar consignada en el acta respectiva.
Las asambleas generales, ordinarias y extraordinarias podrán ser celebradas vía remota, debiendo ser convocadas expresamente en esta modalidad en la citación respectiva. Para las asambleas que se lleven a cabo por medios remotos, el acta deberá́ constar en un solo documento suscrito por todos los integrantes que asistieron, de manera física o mediante firma electrónica, sea esta simple o avanzada, no pudiendo suscribirse por unos de manera física y por otros con firma electrónica. En los casos que se emplee firma electrónica simple, los sonidos, símbolos o procesos electrónicos que se empleen para dicho efecto, deberán ser previamente acordados por el Directorio. El secretario del directorio deberá́ certificar para la asamblea respectiva que el sistema de asistencia remota estuvo habilitado, permitiendo a todos socios asistir y participar. Asimismo, deberá certificar la identidad de quienes asistieron a la asamblea. Estas certificaciones deberán quedar consignada en el acta respectiva. Las asociaciones deberán siempre incentivar la participación efectiva de los socios, de manera que no sean solo espectadores y que puedan interactuar efectivamente a lo menos, emitiendo opinión, realizando preguntas y emitiendo su voto en las decisiones en que se requiera de conformidad con la ley o los estatutos. Esta participación debe estar basada en criterios de seguridad y confianza en los sistemas tecnológicos que se implementen de acuerdo a los siguientes parámetros: a) Autenticación para asegurar la identidad de la persona que participa en la respectiva asamblea. b) Acceso controlado que garantice que las personas tengan acceso al respectivo sistema sena efectivamente los socios. c) Confidencialidad que asegure el debido resguardo de la información emitida en la asamblea, la que solo será manipulada por el o los destinatarios respectivos. d) Integridad que asegure que la información emitida sería enviada en el mismo estado en que se recibió, sin sufrir alteraciones. e) Respaldo de la información para aseguar la perdurabilidad de la información emitida a través de un archivo que almacene la información, que puede ser complementada con transcripciones de la misma.

https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=15487&prmBOLETIN=14981-03

4. Proyecto de ley que modifica el código del trabajo con el objeto de reducir la jornada laboral a 39 horas semanales de manera gradual y flexible en favor de los trabajadores y trabajadoras y sus empleadores, prohibiendo la precarización laboral a través de horas extras dentro del sector público de forma progresiva. Boletín N° 14986-13. Fecha de ingreso: 11 de mayo de 2021. Cámara de Origen: C. de Diputados. Iniciativa: Moción (Jorge Durán | Eduardo Durán | Enrique Lee | Rubén Dario Oyarzo | Gaspar Rivas | Frank Sauerbaum).

El proyecto tiene el objeto de reducir la jornada laboral a 39 horas semanales de manera gradual y flexible en favor de los trabajadores y trabajadoras y sus empleadores. Se exceptúan de lo dispuesto en este inciso aquellos trabajadores que se desempeñan bajo la jornada señalada en el artículo 39, así como también aquellos cuya jornada se distribuye en sistemas excepcionales de distribución de jornada de trabajo y descansos, autorizados por la Dirección del Trabajo. De la misma forma, aquellos contratos especiales que tengan señalada una duración o distribución de la jornada ordinaria diversa de lo dispuesto en este párrafo se regirán por las normas de dichos estatutos especiales.
Respecto a las horas extras, se exceptúa trabajadores que pertenezcan en al sector público, en dichos casos, no se podrán pactar horas extra.
Se podrán pactar contratos de trabajo con jornada a tiempo parcial, considerándose afectos a la normativa del presente párrafo, aquéllos en que se ha convenido una jornada de trabajo de hasta treinta horas.

https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=15489&prmBOLETIN=14986-13

5. Proyecto de ley que incorpora una circunstancia agravante al artículo 12 del Código Penal. Sobre Comercio Seguro. Boletín N° 14988-25. Fecha de ingreso: 11 de mayo de 2021. Cámara de Origen: C. de Diputados. Iniciativa: Moción (Héctor Barría | Viviana Delgado | Andrés Jouannet | Rubén Dario Oyarzo | Francisco Pulgar | Gaspar Rivas | Agustín Romero | Alberto Undurraga).

Cometer delito al interior de áreas denominadas barrio comercial, establecimiento comercial, zona comercial permanente o destinada para estos efectos de forma permanente o transitoria, o en sus inmediaciones. Entendiendo por tales áreas aquellas debidamente identificadas en la ordenanza municipal respectiva.

https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=15492&prmBOLETIN=14988-25

6. Proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo, adecuando las normas relativas a inclusión laboral de las personas con discapacidad. Boletín N° 15000-13. Fecha de ingreso: 18 de mayo de 2021. Cámara de Origen: C. de Diputados. Iniciativa: Moción (Yovana Ahumada | Jorge Alessandri | Diego Ibáñez | Andrés Jouannet | Cristian Labbé | Andrés Longton | Maite Orsini | Ximena Ossandón | Juan Santana | Francisco Undurraga).

El proyecto señala que las infracciones a las disposiciones del presente capítulo se sancionarán con las multas a que se refiere el artículo 506 de este Código. Las referidas multas serán aplicadas por cada mes en el cual el empleador debió cumplir con la obligación establecida en el inciso primero del presente artículo y respecto a cada trabajador persona con discapacidad o asignatario de una pensión de invalidez que, en virtud del número de trabajadores de la empresa, debió estar contratado y no lo estaba.

https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=15504&prmBOLETIN=15000-13

7. Proyecto de ley sobre entrega de estados de cuenta digitales. Boletín N° 14968-03. Fecha de ingreso: 09 de mayo de 2021. Cámara de Origen: C. de Diputados. Iniciativa: Moción (Miguel Ángel Calisto | Sofía Cid | Gonzalo De la Carrera | Daniel Manouchehri | Miguel Mellado | Víctor Alejandro Pino).

El proyecto señala que, las comunicaciones de estados de cuenta o informaciones periódicas, que los proveedores de productos o servicios deban realizar en cumplimento de una norma jurídica, podrán enviarse a través de medios electrónicos, salvo que el consumidor manifieste de cualquier forma su voluntad de recibir las comunicaciones a través de medios físicos de lo que el proveedor deberá dejar constancia por escrito y firmada por el consumidor. Al respecto, se considerarán para estos efectos los estados de cuenta que los proveedores de servicios básicos domiciliarios, de productos o servicios financieros y contratos de servicios de larga duración que deben ser enviados a los consumidores. En el caso que el consumidor no haya proporcionado una casilla electrónica al inicio de la relación contractual, el proveedor podrá implementar sitios privados para cada consumidor dentro de la plataforma que administra, y enviar a dicho sitio privado la comunicación respectiva.

https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=15471&prmBOLETIN=14968-03

8. Proyecto que modifica la ley n° 21.431 que regula el contrato de trabajadores de empresas de plataformas digitales de servicios en relación con el uso y registro de vehículos motorizados para prestar los servicios. Boletín N° 15015-13. Fecha de ingreso: 25 de mayo de 2021. Cámara de Origen: C. de Diputados. Iniciativa: Moción (René Alinco | José Miguel Castro | María Luisa Cordero | Lorena Fries | Marcos Ilabaca | Carla Morales | Erika Olivera | Ximena Ossandón | Alberto Undurraga).

El proyecto señala que, la declaración del trabajador acerca de si prestará sus servicios utilizando un vehículo motorizado. Ante la afirmativa, deberá individualizar al propietario del vehículo y adjuntar al contrato una copia del permiso de circulación de este, el que será suscrito por ambas partes e incorporado como anexo al instrumento contractual. En caso de que el trabajador no fuese dueño del vehículo, deberá señalar el título por el cual lo posee y adjuntar al contrato una copia del antecedente que así lo justificase, tal como un contrato de arrendamiento o de comodato, el que será suscrito por ambas partes e incorporado como anexo al instrumento contractual. Será causal de término del contrato de trabajo de los trabajadores de plataformas digitales, tanto dependientes, como independientes, la utilización de un vehículo motorizado para prestar servicios, distinto a aquel que haya sido individualizado en el contrato de conformidad con la letra f) del artículo 152 quáter S o la letra k) del artículo 152 quáter X. Ante un cambio en el vehículo motorizado que será empleado para prestar servicios, el trabajador tendrá la obligación de informarlo a la plataforma digital de servicios en un plazo máximo de 5 días, debiendo individualizarlo de conformidad con las normas señaladas en el inciso anterior. Las plataformas digitales de servicios deberán disponer los mecanismos para que el trabajador pueda informar lo señalado en el inciso anterior y la información sea debidamente registrada e incorporada en el contrato.

https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=15521&prmBOLETIN=15015-13

9. Proyecto de ley que establece la obligación de elaborar un informe anual de sustentabilidad en la gran minería, para promover el desarrollo de una minería verde. Boletín N° 15015-13. Fecha de ingreso: 24 de mayo de 2021. Cámara de Origen: C. de Diputados. Iniciativa: Moción (Yovana Ahumada | Daniella Cicardini | Daniel Melo | Camila Musante | Marcela Riquelme | Juan Santana | Nelson Venegas).

La presente moción tiene por objeto promover el desarrollo de una minería verde, mediante la obligación de elaborar anualmente un informe de sustentabilidad por las empresas de la gran minería, y otras medidas que se indican.

https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=15517&prmBOLETIN=15011-08

10. Proyecto de ley que incluye un criterio descentralizador en la incorporación a empresas de personas con discapacidad y auméntese el porcentaje de inclusión laboral tanto en el sector público como en el privado. Boletín N° 15005-13. Fecha de ingreso: 18 de mayo de 2021. Cámara de Origen: C. de Diputados. Iniciativa: Moción (Juan Carlos Beltrán | Catalina Del Real | Jorge Durán | Eduardo Durán | Carolina Marzán | Carla Morales | Francesca Muñoz | Hugo Rey | Gaspar Rivas | Alexis Sepúlveda).

En particular, el proyecto de ley busca modificar la ley 20.422 para establecer un criterio descentralizador que concentre un porcentaje mínimo de personas contratas en las sucursales u oficinas regionales; también se propone aumentar el porcentaje de personas contratadas a un 5%, junto con explicitar en el Código del Trabajo la facultad de la Dirección del Trabajo en cuanto a su deber de fiscalización.

https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=15510&prmBOLETIN=15005-13

IV. PROYECTOS EN TRAMITACIÓN

1. Proyecto de ley que regula la protección y el tratamiento de los datos personales y crea la Agencia de Protección de Datos Personales. Boletín N°s 11.144-7 y 11.092-07, refundidos.

El objetivo del proyecto es, perfeccionar las normas relativas al tratamiento de los datos personales de las personas naturales, de manera que éste se realice con el consentimiento del titular de dichos datos o en los casos que lo autorice la ley, asegurando estándares de calidad, información, transparencia y seguridad. Asimismo, crear la Agencia de Protección de Datos Personales, organismo público encargado de velar por la protección de los datos personales.

La Comisión de Constitución y Justicia de la C. de Diputados, sesionó los días 04, 11, 17 y 18 de mayo para discutir el presente proyecto de ley.

Se encuentra en segundo trámite legislativo en la C. de Diputados.

https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=11661&prmBOLETIN=11144-07

2. Proyecto de ley que elimina y prohíbe uso de datos sobre deudas impagas al 30 de abril de 2022 estableciendo sanciones que indica. Boletín N° 14888-03.

El presente proyecto busca establecer la prohibición de utilización por los responsables del registro o banco de datos, de proporcionar la información sobre deudas impagas hasta el 30 de abril de 2022, lo que se aplica a los distribuidores de información de carácter económico financiero, bancario o comercial. Luego, se dispone la obligación de eliminar de los registros y bancos de datos los relativos a obligaciones exigibles e impagas a que se refiere el proyecto con el monto señalado.
La Comisión de Economía de la C. de Diputados, sesionó los días 03, 10, 17 y 31 de mayo para continuar con la presente discusión, produciéndose la aprobación en general del mismo en esta última y fijándose plazo para presentar indicaciones para la segunda semana de junio. En esta última, se escuchó la exposición de la especialista en Protección de Datos Personales y Nuevas Tecnologías, abogada, señora Romina Garrido; de la Presidenta de la Unión Nacional de la Pequeña y Mediana Empresa de la Región de Valparaíso, UNAPYME, señora Gianina Figueroa, y del Gerente de la Asociación Nacional de Cooperativas de Créditos y Ahorros, COOPERA, señor Pedro Pablo Lagos, quien concurrió junto al Gerente de socios y clientes, señor Carlos Torres. Asistió también la investigadora de la Biblioteca del Congreso Nacional, señora Fabiola Cabrera.
Se encuentra en primer trámite legislativo en la C. de Diputados.

https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=15387&prmBOLETIN=14888-03

3. Proyecto de ley que modifica el código del trabajo para fortalecer los derechos de los dirigentes sindicales. Boletín N° 14685-13.

El presente proyecto de ley propone introducir tres modificaciones en el Código del Trabajo.

i. La primera, tiene por objeto agregar, en su artículo 174, un nuevo inciso segundo:”En el caso del fuero laboral dispuesto en los artículos 243, 274 y 283 del Código del Trabajo, la autorización del tribunal no podrá concederse cuando los hechos en los que se funde la solicitud consistan en actos o conductas propias de la actividad sindical o de las finalidades de las organizaciones sindicales.”.
ii. La segunda, incorpora un nuevo inciso final al mismo artículo 174, del siguiente tenor: “Cuando se trate de una situación referida a lo dispuesto en el artículo 160 Numeral 1 letra d) de este Código, solo podrá solicitarse la autorización al juez cuando exista sentencia firme y ejecutoriada que acredite injuria proferida al empleador.”
iii. Por último, señala que, solicitar el desafuero de un dirigente sindical con abuso de derecho, sobre el que se pronunciará de oficio el tribunal tras rechazar una solicitud efectuada en conformidad a lo dispuesto en el artículo 174 del Código del Trabajo, ponderando la existencia de motivos plausibles para litigar y la concurrencia de otros aspectos que signifiquen un desestimulo a la actividad sindical, como la verificación de solicitudes reiteradas de desafuero sindical que han sido rechazadas previamente o que el requerimiento sometido a conocimiento del tribunal se fundamente en hechos que se enmarcan en el ejercicio legítimo de las funciones sindicales.”.
La Comisión del Trabajo de la C. de Diputados, sesionó los días 3 y 6 de mayo para continuar con la presente discusión, produciéndose el despacho del mismo en ésta última.
Se encuentra en primer trámite legislativo en la C. de Diputados.

https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=15173&prmBOLETIN=14685-13

4. Proyecto de ley que promueve en el sector público y privado la inserción laboral de personas jóvenes sin experiencia laboral previa. Boletín N° 14624-13.

Este proyecto de ley tiene por objeto estimular la contratación de personas jóvenes con o sin estudios técnicos o profesionales, en el sector público y privado, impidiendo que para cierta cantidad de trabajadores sea exigible experiencia previa para acceder al cargo.
La Comisión del Trabajo de la C. de Diputados, sesionó los días 3 y 6 de mayo para continuar con la presente discusión.
Se encuentra en primer trámite legislativo en la C. de Diputados.

https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=15108&prmBOLETIN=14624-13

5. Proyecto de ley que modifica la ley N° 21.420, que reduce o elimina exenciones tributarias que indica. Boletín Nº 14.830-05.

El objetivo del proyecto es, introducir enmiendas al artículo 10, numeral 16 de la ley N° 21.420, que modifica el Código de Minería, respeto de tasas a pagar por patentes de pertenecías mineras; establecer la entrada en vigencia de las disposiciones referidas al IVA a la construcción a contar del 1 de enero de 2025; ajustar la transitoriedad del fin del crédito especial a las empresas constructoras, y especificar que las operaciones realizadas desde el inicio de la vigencia de la ley N° 21.420 y la fecha de publicación de la presente ley se regirán por las normas del decreto ley N° 910, de 1975, y el N° 6 del artículo 23 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios vigentes al 31 de marzo de 2022.

La Comisión de Hacienda del Senado sesionó el día 17 de mayo para continuar con la presente discusión, aprobándose en general y particular a la vez, produciéndose el despacho del mismo para sala.

Se encuentra en segundo trámite legislativo en el Senado.

https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=15326&prmBOLETIN=14830-05

6. Proyecto de ley que modifica la ley N° 20.416, que fija normas especiales para las empresas de menor tamaño, para hacer solidariamente responsable a la empresa principal, o dueña de la obra o faena, del pago de los bienes entregados o servicios realizados por las micro, pequeñas o medianas empresas proveedoras, en las condiciones que indica. Boletín N° 14011-03.

El proyecto establece que, si durante la ejecución de una obra o proyecto la empresa contratista o subcontratista no acredita oportunamente el pago íntegro por los bienes entregados o por los servicios realizados por la micro, pequeña o mediana empresa proveedora, la empresa principal será solidariamente responsable de esas obligaciones. Tal responsabilidad se extenderá hasta el valor total de los bienes entregados o hasta el tiempo o período en que la micro o pequeña empresa proveedora hubiere realizado sus servicios. Asimismo, las empresas principales, contratistas o subcontratistas que incumplan reiteradamente sus obligaciones de pago a las micro, pequeñas y medianas empresas proveedoras, no podrán contratar en el futuro con la Administración del Estado.

La Comisión de Economía del Senado, sesionó los días 03, 10 y 31 de mayo para continuar con la presente discusión.

Se encuentra en segundo trámite legislativo en el Senado.

https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=14578&prmBOLETIN=14011-03

7. Proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales para ampliar la responsabilidad penal de las personas jurídicas, y regular el ejercicio de la acción penal, respecto de los delitos contra el orden socioeconómico que indica. Boletines N° 13204-07 y 13205-07 refundidos.

El Proyecto de ley viene agregar nuevos delitos a la Ley 20.393 sobre Responsabilidad de las Personas Jurídicas, tratándose de delitos de carácter de económicos cualesquiera sean las circunstancias de su comisión, por ejemplo, los delitos de la ley de mercado de valores, del decreto ley sobre libre competencia y de la ley general de bancos, la corrupción en el ámbito privado; delitos que se consideran económicos cuando han sido cometidos por un sujeto al interior de una empresa o en beneficio de ella, por ejemplo, los delitos aduaneros y medioambientales, la estafa y la administración desleal. Además, delitos especiales, cometidos por funcionarios públicos u otros autores que tienen una calidad personal especial, que se consideran económicos cuando en su comisión ha intervenido un sujeto al interior de la empresa o son cometidos en su beneficio. Finalmente, establece que, son también delitos económicos la receptación o blanqueo de activos cuando recaen sobre bienes originados por delitos económicos o cuando en su comisión se cumplen las condiciones de la segunda categoría de delitos económicos. Para todos los casos en que se requiere alguna vinculación con una empresa que, Además el proyecto señala que, en estos casos, debe tratarse de grandes o medianas empresas.
Se amplía la clase de personas jurídicas afectas, se simplifica presupuestos que generan su responsabilidad penal, también el diseño del modelo de prevención de delitos, se introduce la supervisión de la persona jurídica como pena y como medida cautelar, se establece un nuevo régimen para la pena de multa, se establece un nuevo régimen de determinación judicial de la pena y reglas para su ejecución. Dentro de estas últimas se contemplan reglas para la ejecución de las consecuencias patrimoniales en casos de fusión o disolución de la persona jurídica o transferencia de activos.
Introduce una nueva regulación del comiso de ganancias, señalando que, para los delitos económicos el proyecto contempla la posibilidad del comiso sin condena previa, en casos en que se compruebe el provecho ilícito. Se crea una audiencia especial de comiso de ganancias y posibilita su imposición como medida cautelar real sin necesidad de formalización previa.
Finalmente, señalamos que el Proyecto además, contempla una serie de disposiciones modificatorias de la regulación actualmente vigente de los delitos a los que se refiere la definición del delito económico, contemplando además otros delitos como, el uso no autorizado del secreto profesional, la violación del secreto comercial, los delitos medioambientales, la estafa informática y la explotación en contratos de trabajo o arrendamiento de vivienda.

La Comisión de Constitución del sesionó sesiono los días 10 y 18 de mayo para la continuación de la presente discusión, aprobándose en general y despachándose a sala, donde también se aprobó y se fijó plazo para presentar indicaciones el día 07 de julio de 2022.

Se encuentra en segundo trámite legislativo en el Senado.

https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=13748&prmBOLETIN=13204-07

8. Proyecto de ley que equipara el derecho de sala cuna para las trabajadoras, los trabajadores y los independientes que indica, en las condiciones que establece, modifica el Código del Trabajo para tales efectos y crea un fondo solidario de sala cuna. Boletín N° 14782-13.

El objetivo del proyecto es: Establecer el derecho a acceder a sala cuna con independencia del número de trabajadoras que se desempeñe para un mismo empleador; Crear un Fondo de Sala Cuna del cual se entregará un aporte a los empleadores de trabajadores dependientes, a los empleadores persona natural y a los trabajadores independientes y; Crear un Registro Nacional de Cuidadores, con el objetivo de incorporar en una sola plataforma los antecedentes actualizados de los cuidadores y las cuidadoras de niños y niñas menores de dos años.

La Comisión de Constitución del sesionó sesiono los días 04 y 18 de mayo para la continuación de la presente discusión, aprobándose en general en ésta última. Escuchó las apreciaciones de la Presidenta Ejecutiva y Cofundadora Fundación Chile Mujeres, señora Francisca Jünemann y de la representante del Centro de Estudios Públicos (CEP), señora Javiera Gazmuri. Posteriormente se escucharon las consultas y comentarios de los integrantes de la Comisión.

Se encuentra en primer trámite legislativo en el Senado.

https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=15274&prmBOLETIN=14782-13