La hora de la mediación
*Columna de Ricardo Riesco, Presidente del CAM Santiago y Ximena Vial, Directora Ejecutiva del CAM Santiago.
Durante años, la mediación civil en Chile ha sido una figura más invocada que efectivamente utilizada. Solemos concebirla como una antesala, casi un trámite, antes del litigio propiamente tal. Hoy ese escenario está cambiando, y no por un único impulso, sino por varios que convergen.
El más visible es, quizás, el relanzamiento de la Reforma Procesal Civil. En efecto, la comisión asesora del Ministerio de Justicia estudia incorporar la mediación previa obligatoria para ciertas acciones civiles, especialmente en asuntos de menor cuantía. La propuesta sigue en discusión y su diseño será decisivo. Bien regulada, con mediadores profesionales debidamente calificados y estándares claros, la mediación puede convertirse en una vía eficaz para resolver a tiempo y de mejor forma los conflictos cotidianos, mejorar el acceso a la justicia y descongestionar un sistema judicial que hoy destina buena parte de sus recursos a causas que bien podrían resolverse por la vía del acuerdo.
Menos advertida, pero no menos relevante, ha sido su incorporación en la recién publicada Ley de Reconstrucción Nacional y Desarrollo Económico y Social, que dispone que las controversias entre el Estado de Chile y el inversionista derivadas del contrato de inversión deberán someterse a mediación obligatoria. Solo si esa instancia fracasa, se habilita la vía del arbitraje. El legislador optó, así, por agotar primero el entendimiento, y lo hizo precisamente en un ámbito donde la seguridad jurídica, la previsibilidad y la rapidez en la solución de disputas resultan determinantes para la confianza de quienes deciden invertir en el país.
Desde el CAM Santiago hemos querido contribuir a este impulso, mirando a las próximas generaciones de abogados. Este año organizamos la segunda edición del Moot de Mediación Civil y Comercial del CAM Santiago, un verdadero hito en la difusión de esta disciplina entre los estudiantes de Derecho en Chile.
A ello se suma la Convención de Singapur, que busca dar eficacia y ejecución a las transacciones derivadas de mediaciones comerciales internacionales, favoreciendo con ello el comercio internacional. Hace ya más de un año, la Sala del Senado aprobó y despachó el proyecto de ratificación con un amplio respaldo, finalizando así su tramitación legislativa. Restan los pasos para su entrada en vigor, que esperamos no se dilaten más, pues no cabe duda de que este tratado tendrá un efecto relevante en promover e incentivar el desarrollo del derecho colaborativo y en consolidar a Chile como un lugar confiable para resolver disputas comerciales internacionales.
Sin embargo, para que todos estos cambios rindan sus frutos se requieren más mediadores formados profesionalmente, instituciones con reglas transparentes y una cultura que valore los acuerdos. Mediar no es renunciar a derechos, sino elegir, con información y a tiempo, un camino más rápido, menos costoso y más respetuoso de las relaciones entre las partes. Ha llegado la hora de la mediación, y desde el CAM Santiago seguiremos trabajando para que el país esté a la altura.