Araya detalló las diversas modificaciones que introduce el proyecto de ley a la normativa vigente, y que busca impactar positivamente en el comercio internacional. Este proyecto, compuesto por 16 artículos, modifica varios cuerpos legales, incluyendo la Ordenanza de Aduanas y la Ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas. Tras su aprobación en el Primer Trámite Constitucional, el proyecto se encuentra ahora en la Comisión de Hacienda del Senado.
Durante la presentación, Araya destacó la introducción de nuevos derechos para los contribuyentes, como ser informados adecuadamente sobre sus derechos, ser atendidos de forma cortés y obtener devoluciones y copias de documentos. Además, se establece el derecho a conocer los criterios administrativos del servicio y a presentar recursos de resguardo. También se implementará la notificación electrónica como principio fundamental para cualquier actuación ante el servicio.
En cuanto a las reclamaciones de multas por valoración o clasificación, se permitirá que estas sean conocidas por el Tribunal Tributario y Aduanero (TTA), aunque se limita el ámbito de reclamación de las multas si se genera una denuncia. El proyecto también amplio el plazo para interponer el recurso de reposición contra el Servicio Nacional de Aduanas de 15 a 30 días, y el plazo de respuesta del servicio aumenta de 50 a 90 días, suspendiendo el plazo para concurrir al TTA durante este proceso.
Otro cambio significativo es la creación de un expediente electrónico y la notificación por correo, lo cual propone una mayor modernización y mejorar el procedimiento de reclamación. Además, se establecen normas sobre conciliación y apelación, así como la posibilidad de allanamiento del Servicio Nacional de Aduanas sin condena en costas.
El proyecto también aborda la presunción de abandono de mercancías cuando no ha habido desaduanamiento, a pesar de haberse pagado los derechos e impuestos. Asimismo, se permite la destrucción de mercancías objeto de investigaciones penales y se establecen medidas disciplinarias más rigurosas para los agentes de Aduana.
Una de las reformas más innovadoras del proyecto es la incorporación de plataformas digitales de intermediación como contribuyentes del impuesto sobre el valor añadido (IVA), adaptando así la legislación a las dinámicas actuales del comercio digital. Según las modificaciones al DL 825 (Ley de IVA), el operador de una plataforma digital de intermediación será considerado contribuyente del impuesto establecido en la ley, siempre y cuando se trate de una operación gravada con el IVA. Este cambio implica que las plataformas digitales que faciliten ventas o servicios estarán sujetas a las mismas obligaciones tributarias que los vendedores habituales.
También se dio un enfoque en la responsabilidad penal ampliada bajo la Ley 21.595 sobre delitos económicos. Araya subrayó que esta ley amplía la responsabilidad penal de las personas jurídicas a más de 200 delitos, y establece un sistema más estricto de multas, prescripción y cumplimiento efectivo de penas. Este marco legal exige que las empresas implementen modelos de prevención de delitos específicos y efectivamente gestionados para eximirlas de responsabilidad penal.
La sesión concluyó con una discusión y comentarios acerca de la implementación de esta reforma, esperando mayores aproximaciones y mesas de trabajo que den cuenta de las necesidades empresariales y que permitan un mejor consenso y desarrollo del proyecto.