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MIEMBRO DE:

Modelo de Prevención de Delitos en el Comité de Compliance CCS

Hoy, en una nueva sesión del Comité de Compliance CCS, tuvimos como invitado a Rodrigo Reyes Duarte, abogado Especialista en Compliance Corporativo, quien presentó sobre los modelos de prevención de delitos y la importancia de la evaluación periódica por terceros independientes.

Al inicio de la reunión, la presidenta del comité, Isabel Lagos, dio la bienvenida a los nuevos integrantes y habló sobre la 9ª Semana Regional de Integridad Empresarial en América de Alliance for Integrity, la cual se llevará a cabo en agosto y abordará la temática de “Digitalización y el Ser Humano: Desafíos en la Integridad Empresarial”. Esto para apoyar y fomentar la cultura de la integridad.

Rodrigo Reyes Duarte comenzó su presentación con una introducción a la Ley 21.595. Esta ley incluye como delitos que pueden generar responsabilidad penal para las personas jurídicas (RPPJ) aquellos mencionados en los artículos 1 a 4, independientemente de si son considerados delitos económicos, siempre que sean perpetrados “en el marco de su actividad” y facilitados por la falta de un modelo adecuado de prevención.

También explicó que un modelo de prevención de delitos (MPD) se considera adecuadamente implementado cuando, según las exigencias de su objeto social, giro, tamaño, complejidad, recursos y actividades, cumple con los siguientes aspectos:

  • Identificación de Riesgos: Identificación de actividades o procesos que impliquen riesgo de conducta delictiva utilizando metodologías basadas en datos y enfoque en el riesgo de diseño. Los riesgos deben estar bien descritos y ser mitigados eficazmente a través de controles, procedimientos y auditorías.

  • Protocolos/Procedimientos: Establecimiento de protocolos y procedimientos para prevenir y detectar conductas delictivas, incluyendo canales seguros de denuncia y sanciones internas para casos de incumplimiento.

  • Función de Cumplimiento: Asignación de responsables para la aplicación de los protocolos, con autonomía para actuar sin necesidad de órdenes específicas. Los responsables deben tener libre acceso a personas y documentos, y participar en decisiones de negocios con riesgos de compliance.

  • Evaluaciones Independientes: Evaluaciones periódicas realizadas por terceros independientes con expertise y experiencia relevante, sin conflictos de interés.

Además, se destacó la importancia de la difusión y capacitación continua, la existencia de un código de ética, y la incorporación de incentivos.

La sesión concluyó con un espacio para preguntas y respuestas, donde los asistentes pudieron profundizar en los temas presentados y aclarar dudas sobre la implementación y efectividad de los modelos de prevención de delitos.