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Representantes de la Dirección del Trabajo exponen alcances de la Ley Karin ante empresas socias de la CCS

A poco más de un mes de la entrada en vigencia de la Ley 21.643, “que modifica el Código del Trabajo y otros cuerpos legales, en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual o de violencia en el trabajo”, la Cámara de Comercio de Santiago organizó una instancia para resolver dudas sobre su implementación en el sector.

La Cámara de Comercio de Santiago (CCS) organizó un encuentro entre representantes del área de Recursos Humanos de sus empresas socias junto a profesionales de la Dirección del Trabajo (DT) con el fin de resolver dudas sobre la “Ley Karin”, que entrará en vigencia el próximo 1 de agosto.

De acuerdo con la exposición de los integrantes de la DT, la nueva normativa establece diversas disposiciones que modifican e incorporan definiciones legales sobre acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo, añade medidas de prevención y resguardo en la materia y perfecciona los procedimientos de investigación, implementando y adecuando la normativa nacional a los parámetros establecidos en el recientemente ratificado Convenio N°190, Sobre la Violencia y el Acoso, de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

De acuerdo con las cifras del organismo, entre el 1 enero 2022 y 30 de abril 2024, se han recibido 4.645 denuncias por acoso laboral y se han registrado 2.248 por temáticas relacionadas con acoso sexual. Sergio Santibáñez, jefe de la unidad de coordinación jurídico-laboral y Derechos Fundamentales de la Dirección del Trabajo explicó que “el foco de la Ley Karin es la prevención, no es la sanción. Gran parte del aparato normativo está establecido en torno a los protocolos de prevención, en cómo eso se introduce en el reglamento interno”.

Además de la adopción del nuevo protocolo, el abogado explicó que una de las principales modificaciones de la normativa respecto específicamente del acoso laboral es que ya no se considera como tal exclusivamente una conducta reiterada, sino incluso aunque se haya manifestado una sola vez. Junto con ello, se establecen nuevos estándares en los procesos de investigación, tales como la confidencialidad, imparcialidad, celeridad y perspectiva de género.

Por su parte Natalia Pozo, jefa del Departamento Jurídico de la Dirección del Trabajo, advirtió que, aunque el reglamento de la Ley aún no ha sido corroborado por la Contraloría, hay otros documentos que pueden guiar a las empresas en su implementación, tales como un dictamen de la DT y una circular de la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso). La profesional agregó que puede que haya un periodo inicial en que los casos lleguen predominantemente en forma directa a la entidad estatal, mientras el sector privado se ajusta a la nueva normativa.

Aclaraciones sobre su aplicación

En la ronda de preguntas se abordaron diversas consultas de la audiencia. Entre ellas, la referida a qué pasa si una empresa desvincula a un trabajador acusado por acoso, por las exigencias propias de su reglamento, sin esperar los 15 días que dura la ratificación del proceso de parte de la Dirección del Trabajo. Los representantes de la DT explicaron que hay otras medidas administrativas que pueden tomarse en ese período, como la separación física del presunto responsable, y que además aquello le servirá como argumento a la compañía en caso de que el hecho llegue a los tribunales de justicia.

Sobre las denuncias falsas, los abogados advirtieron que no necesariamente una denuncia que se realice sin pruebas es necesariamente falsa, por la naturaleza del delito en cuestión.

Durante el encuentro, María Teresa Vial, presidenta de la CCS, sostuvo que sobre este tema “hay una responsabilidad país y es importante que la implementación que se haga de la Ley tome en consideración el contexto actual de las empresas, así como cuidar la generación de empleo, dando las certezas necesarias”.

Las partes acordaron seguir reuniéndose para avanzar en la implementación de la nueva Ley e invitaron a las empresas socias a encontrar toda la documentación relacionada en el sitio https://previsionsocial.gob.cl/ley-karin/